Se rumorea zumbido en abogacía de málaga

2.- Si la condena en costas fuese parcial, el Ilustrado calculará su minuta total y torcerá al condenado en costas la parte proporcional que le corresponda al valor de la acción o acciones objeto de la condena.En los supuestos en los que el valía del inmueble sea inestimable, la base minutable será la que corresponda con arreglo a los criterio

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